Me acabo de casar con un residente y quiero saber, ¿Si él me puede someter una petición familiar?

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¿Puede un residente permanente pedir a su esposa/esposo?

La pregunta es: “Me acabo de casar con un residente y quisiera saber, ¿Si es que él me puede someter una petición familiar?” Claro tenemos que analizar el caso completo.

Alguien que se casa con un residente, si un residente puede hacer una petición familiar para su cónyuge, pero también tenemos que analizar como entraste al país legal o ilegal, inspección o sin inspección, si tienes la protección de la 245i o si puedes arreglar bajo la 245a que es para las personas que entraron legalmente al país. Una combinación de una entrada legalmente al país, combinada con un esposo o esposa ciudadana o hijos mayores de 21 años pueden arreglar adentro del país.

Aquí tú dices que tu esposo es residente permanente entonces a veces el plan puede ser que primero vamos a hacer la ciudadanía para tu esposo residente para que después tú puedas arreglar adentro del país, pero vamos a decir que él no está listo para hacerse ciudadano entonces un residente permanente sí claro puede hacer una petición familiar para su esposa. El primer paso y el segundo paso normalmente si no tienes la protección de la 245i que es una petición familiar antes de abril 30 del 2001 para poder arreglar adentro de los Estados Unidos entonces si no tienes eso tienes que salir del país y tener una entrevista consular.

Ahí vas a tener que antes de salir del país pedir un perdón que es la i601a para perdonar que has estado aquí en el país más de un año ilegal. Ese perdón requiere un esposo o padres residentes sus ciudadanos y enseñar que ellos van a sufrir gravemente si no te aprueban este perdón ya teniendo esa aprobación vas a poder salir a tu entrevista consular y ya si te aprueban el caso más a entrar ya como inmigrante y ya recibir tu residencia permanente. Lea más sobre la ley de inmigración.

¿Qué tipo de familiares puede pedir un residente permanente?

Si eres residente permanente en los Estados Unidos, tienes la posibilidad de solicitar algunos de tus familiares, para que ellos también reciban la residencia. Aquí te explicamos quienes, de los miembros de tu familia, pueden ser incluidos en una solicitud:

  • Puedes mantener la unión familiar al solicitar a tu cónyuge y a tus hijos solteros, menores de 21 años.
  • Aunque el proceso puede ser más prolongado, aún puedes reunirte con tus hijos mayores de 21 años y solteros. 

Nuestros abogados de inmigración han guiado cientos de procesos de petición de familiares de residentes permanentes. Nuestra experiencia nos permite guiarte para que tu proceso de petición sea tenido en cuenta dentro de los plazos estipulados y culmine de manera exitosa.

Si deseas solicitar a tus familiares y lograr la reunificación familiar, La Liga Defensora será tu guía. Te explicaremos cuáles son las condiciones, requisitos y documentos necesarios para realizar la petición de tus familiares. Evaluaremos tu situación personal y la de tus familiares para orientarte adecuadamente.

Programa una primera consulta gratuita con nuestros abogados de inmigración, y descubre cómo podemos ayudarte a construir un futuro sólido, al lado de tu familia.

¿Qué documentos necesita un residente americano para pedir a su esposa/esposo?

La solicitud de residencia para tu cónyuge es un paso significativo para lograr la meta de la reunificación familiar en los Estados Unidos. Aquí te indicamos los documentos necesarios para asegurar un proceso efectivo y sin contratiempos:

  • Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero. Este formulario te permitirá iniciar la solicitud de tu esposa/esposo de manera oficial. Es muy importante diligenciarlo correctamente atendiendo cada detalle. Nuestro equipo de expertos en inmigración te puede asesorar y guiar para que completes correctamente el formulario I-130, cuidando que no existan errores que puedan costar la negación de tu solicitud. 
  • Documentos que verifiquen tu estatus de residente permanente. En este caso debes presentar tu tarjeta de residencia (Green Card).
  • Pruebas de tu relación matrimonial. Debes adjuntar certificados de la unión matrimonial. En algunos casos es necesario incluir fotografías juntos o cualquier otra evidencia que demuestre la autenticidad de la relación.
  • Documentos de identificación de tu cónyuge extranjero. Esto incluye su pasaporte, certificados de nacimiento y otros documentos que permitan su identificación.

Si necesitas asesoría profesional para diligenciar el formulario I-130, o para reunir los documentos necesarios para hacer la petición de tu cónyuge, puedes contar con La Liga Defensora. Contamos con experiencia actualizada sobre los requerimientos y condiciones que debes completar para realizar este proceso con éxito.

¿Cuánto tiempo dura la petición de un residente a su esposa/esposo?

Una vez presentada la petición de un residente a su cónyuge, ante las autoridades de inmigración, la respuesta puede tardar entre 12 y 24 meses, en promedio. Sin embargo, este tiempo puede reducirse o ampliarse dependiendo de varios factores. Por ejemplo, la carga de trabajo que exista en las oficinas de inmigración del estado en donde realizaste la petición; el cambio de las políticas migratorias; la correcta y completa presentación de los documentos.

En La Liga Defensora te ayudaremos a optimizar la eficiencia de tu petición. Revisaremos cada detalle de tu proceso para anticipar posibles errores u obstáculos, garantizándote que cada documento cumpla con los requerimientos exigidos por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés). Adicionalmente, te proporcionaremos actualizaciones regulares sobre el progreso de tu caso, ofreciéndote tranquilidad durante todo el proceso.

¿Cómo presento la petición de residencia para mi esposo/esposa?

Nuestros abogados expertos en inmigración pueden brindarte una completa asesoría en cuanto al proceso de petición de residencia para tu esposo o esposa. Algunos de los pasos para hacerlo son los siguientes:

  • Consultar con nuestros abogados para que revisen tu proceso;
  • Completar el formulario I-130;
  • Recolectar los documentos necesarios para respaldar tu petición;
  • Pagar las tarifas correspondientes;
  • Presentar tu petición ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés);
  • Mantener actualizada tu información personal, como cambio de dirección o de estatus. 

Después de presentar la petición, te proporcionaremos actualizaciones regulares sobre el progreso de tu caso y estaremos disponibles para responder a cualquier pregunta que puedas tener. En La Liga Defensora haremos que este proceso sea lo más simple posible para ti y tu familia. Contáctanos hoy para una consulta inicial gratuita.

¿Puede mi familiar esperar en los Estados Unidos hasta convertirse en un residente permanente?

Una vez presentada la petición de residencia por parte de un residente permanente para su familiar, este puede permanecer en los Estados Unidos bajo ciertas condiciones especiales. Sin embargo, es fundamental tener en cuenta que este estatus no otorga automáticamente el derecho a trabajar en el país. Durante este período de espera, tu familiar puede explorar opciones como la obtención de una visa de trabajo temporal si es elegible, asegurando así su capacidad para sostenerse mientras avanza el proceso.

Es importante tener en cuenta que, mientras un familiar espera la aprobación de su petición de residencia permanente, hay situaciones en las que no puede permanecer en Estados Unidos. Algunas de las circunstancias que podrían afectar su estatus incluyen:

  • Una visa de no inmigrante vencida
  • Problemas legales o penales
  • Violación de alguna condición de una visa anterior

En La Liga Defensora, nuestro equipo de abogados de inmigración te ofrecerá orientación específica en tu caso, asegurándonos de que tu familiar cumpla con todas las regulaciones y requisitos para mantener un estatus legal en Estados Unidos. Contáctanos para obtener asistencia personalizada.

¿Qué pasa después de que presento la solicitud?

Después de presentar la solicitud para obtener la residencia permanente de un familiar o de tu cónyuge, recibirás una confirmación de la recepción de tus documentos. En este momento iniciará el procesamiento de tu solicitud. Las autoridades de inmigración del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) revisarán detalladamente tu solicitud, evaluando la elegibilidad de tu familiar para la residencia. Este proceso puede llevar varios meses.

Una vez completada la revisión, recibirás una notificación oficial de aprobación o denegación. Si la solicitud es aprobada, se procederá con el siguiente paso. En caso de denegación, la notificación contendrá las razones específicas y posiblemente las opciones de apelación.

En La Liga Defensora, nuestro equipo de abogados especializados en inmigración está comprometido a hacer que este proceso sea lo más eficiente para ti y tu familia. Proporcionaremos orientación detallada en cada fase y mantendremos una comunicación abierta para mantenerte informado sobre el progreso de la solicitud.

Si necesitas orientación profesional para iniciar el proceso de solicitud de una residencia permanente para un familiar, puedes contar con La Liga Defensora. Comunícate al 1-844-800-5517, y pregunta por nuestra primera consulta gratuita.

¿Qué pasa si presenté una petición por un familiar siendo residente permanente, pero ahora soy ciudadano estadounidense?

Si has presentado una petición por un familiar mientras eras residente permanente y ahora has adquirido la ciudadanía estadounidense, puedes tomar algunas acciones que permitirán agilizar el proceso.

Lo primero que debes hacer es notificar a la oficina de USCIS sobre el cambio de estatus. Este proceso se realiza mediante la actualización de su formulario I-130, adjuntando los documentos que prueban y certifican que ahora eres ciudadano estadounidense. La actualización a la ciudadanía puede acelerar el proceso de inmigración para tu familiar, ya que las categorías de visas y los tiempos de espera pueden variar para ciudadanos en comparación con residentes permanentes.

Nuestros abogados de inmigración conocen en detalle el proceso de notificación y actualización de estatus en las oficinas del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés). Nos aseguraremos de que todos los documentos y notificaciones necesarios se presenten correctamente, y te proporcionaremos asesoramiento paso a paso para aprovechar al máximo tu nuevo estatus como ciudadano.

Si te encuentras en esta situación, y deseas obtener más información sobre cómo tu ciudadanía puede afectar la petición de tu familiar, no dudes en comunicarte con nosotros. Estamos aquí para facilitar tu camino hacia la reunificación familiar en Estados Unidos.

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