Depende de dónde se encuentre en el proceso. Si tiene una orden de restricción temporal y se acerca una audiencia en la corte, no puede “abandonar” el caso. Pero simplemente al no presentarse a la audiencia judicial, se retirará la orden de restricción.
Si ya tiene una orden de restricción “permanente” y desea desestimar el caso o cambiar la orden de restricción, debe presentar documentos para ir a la corte y preguntarle al juez.