Un encuentro con la policía puede cambiar tu vida en cuestión de segundos. Muchas personas cometen errores por miedo o por no conocer cómo responder en esas situaciones. Por eso es fundamental entender qué hacer y qué no hacer, para protegerte a ti mismo y a tu familia.
¿Tengo que responder siempre a la policía?
No. La ley exige que proporciones tu nombre, licencia y registro en una parada de tráfico. Pero no estás obligado a responder preguntas que puedan usarse en tu contra. Lo mejor es ejercer tu derecho a guardar silencio de manera respetuosa y clara.
Pruebas de sobriedad: no siempre son confiables
Las pruebas de campo que piden los oficiales —como caminar en línea recta o mantener el equilibrio— no son perfectas. Nervios, condiciones médicas o hasta el calzado pueden afectar el resultado. Un abogado puede demostrar en corte que esas pruebas no son evidencia concluyente de que estabas bajo la influencia.
¿Pueden registrar mi casa o mi carro sin permiso?
La policía necesita una orden judicial para hacer un registro. Aunque hay excepciones, como la llamada “causa probable”, tú tienes derecho a negarte y dejar claro que no das tu consentimiento. Esa negativa es tu defensa más importante si el caso llega a corte.
Si me arrestan y sé que soy inocente
Resistirse físicamente nunca es buena idea. Lo correcto es guardar silencio, cooperar en lo básico y pedir hablar con un abogado lo antes posible. Tu inocencia no se demuestra discutiendo en la calle, sino en el tribunal.
¿Qué pasa si no me leen mis derechos?
El arresto sigue siendo válido. Lo que cambia es que cualquier declaración que hayas dado bajo interrogatorio sin haber sido informado de tus Derechos Miranda puede ser excluida en la corte. Eso puede marcar una gran diferencia en tu defensa.
¿Cómo afirmo mi derecho al silencio?
Debes decirlo con calma y respeto: “Ejercito mi derecho a guardar silencio y quiero hablar con un abogado.” Esa simple frase protege tus derechos y evita que tus palabras sean malinterpretadas o usadas en tu contra.
El contenido de este blog es solo para fines informativos y no constituye asesoría legal.